Está totalmente prohibido pescar con carnada viva
con excepción del pejerrey.
Quienes hubieran pescado recientemente en áreas afectadas
por la "Enfermedad del Torneo" (Whirling Disease),
principalmente en Estados Unidos de Norteamérica y Europa,
deberán lavar cuidadosamente su equipo de vadeo, para
evitar propagar esta enfermedad que no existe en la Argentina.
Se prohibe la caza submarina en la zona Andina y la comercialización
del producto de pesca.
La cantidad de ejemplares permitidos para la pesca varía
según cada provincia; por lo general para salmónidos
el máximo es dos por día y en cuanto a la perca
y pejerrey en algunos casos puede ser hasta 20 piezas y la carpa
sin límites.
En muchos casos no está permitido pescar en la extensión
total de algunos lagos, ríos o arroyos. Cuando Ud. compra
el permiso, se le entrega el reglamento de Parques Nacionales donde
están especificados en detalle los lugares habilitados y
prohibidos.
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